La conciliación beneficio para la jurisdicción ordinaria, el demandante y demandado

datacite.rightshttp://purl.org/coar/access_right/c_16ecspa
dc.contributor.authorTorres Suarez, Angelicaspa
dc.contributor.authorRivera Cuao, Jorgespa
dc.contributor.authorBallesteros Camacho, Linaspa
dc.date.accessioned2022-04-27T16:48:07Z
dc.date.available2022-04-27T16:48:07Z
dc.date.issued1998
dc.description.abstractLa conciliación muy ha pesar que esta instituida desde muchos años atrás (jurisdicción laboral) a través de la constitución de 1991 en su articulo 116 (inciso cuatro) ha sido elevada a norma constitucional pero se ha puesto en práctica en el procedimiento civil a partir de la introducción del articulo 111 del CPC e instituida como un arma eficiente en la agilización y terminación de algunos procesos puestos en el conocimiento de los distintos entes de la Roma jurisdiccional, para que estos dirijan los diferentes conflictos que se suscitan entre los particulares, asegurando así el mejor resultado en la prestación de la Administración jurídica.spa
dc.format.mimetypepdfspa
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12442/9589
dc.language.isospaspa
dc.publisherEdiciones Universidad Simón Bolívarspa
dc.publisherFacultad de Ciencias Jurídicas y Socialesspa
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacionaleng
dc.rights.accessrightsinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccessspa
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.subjectDemandantespa
dc.subjectDemandadospa
dc.subjectConciliaciónspa
dc.titleLa conciliación beneficio para la jurisdicción ordinaria, el demandante y demandadospa
dc.type.driverinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisspa
dc.type.spaTrabajo de grado - pregradospa
oaire.versioninfo:eu-repo/semantics/acceptedVersionspa
sb.programaDerechospa
sb.sedeSede Barranquillaspa

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