Aspectos tributarios de operaciones internacionales

datacite.rightshttp://purl.org/coar/access_right/c_f1cf
dc.contributor.authorArteta Molina, Etiel Enrique
dc.contributor.authorVargas Rodríguez, José Antonio
dc.date.accessioned2024-08-26T20:05:00Z
dc.date.available2024-08-26T20:05:00Z
dc.date.issued2002
dc.description.abstractDurante mucho tiempo, los países se han preocupado por su desarrollo, y el bienestar de sus habitantes. En el caso de nuestro país COLOMBIA, este es rico en recursos naturales, pero pobre en capital y tecnología, lo cual significa que debe buscar recursos de capital en otros países, para explotar dichos recursos y de esta manera lograr un mayor desarrollo económico y tecnológico. Hemos querido investigar sobre el tema de la INVERSIÓN EXTRANJERA, porque en nuestro País no hay recursos económicos para invertir en la explotación de las riquezas naturales existentes, considerando a este tema, como actividad primaria que va jalonando a las demás actividades económicas, como la comercial e industrial, generando empleo y bienestar social. Debido a la Organización Tributaria Mundial, las operaciones de los nacionales en el exterior, y de los inversionistas extranjeros en nuestro país, se han visto afectadas, debido a las diferentes cargas impositivas de los gobiernos. De acuerdo con el principio de Nacionalidad y en concepto de Residencia y Domicilio, las personas y sociedades se encuentran sometidas a cumplir con ciertas formalidades, exigidas por la Ley; así, por ejemplo: una persona de nacionalidad Colombiana que tiene propiedades en nuestro país y que a la vez ejerce actividades en otros países, está obligada a cumplir con el deber formal de Declarar las propiedades que posee en Colombia, más los ingresos de la Fuente Extranjera, que obtiene en el Exterior, por el solo hecho de ser nacional. Para lo anterior debemos tener en cuenta los contribuyentes obligados a declarar que sus ingresos obtenidos sean superiores a $22.000.000 y que su patrimonio poseído en el año sea $169.500.000. (Art 9 E.T. y Dec. 2661/2000. Art.1) De la misma forma un Extranjero que de acuerdo con el concepto de Residencia, ejerza actividades en Colombia, debe declarar los ingresos de la Fuente Nacional que obtiene, por medio del mecanismo de Retención en Fuente, o cumpliendo el deber formal de declarar su renta de Fuente Nacional como la veremos más adelante. Nos disponemos a analizar y determinar la manera como afectan las Cargas Impositivas a las personas naturales nacionales, extranjeras, sucursales y sociedades extranjeras y por consiguiente al desarrollo de la economíaspa
dc.format.mimetypepdf
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12442/15409
dc.language.isospa
dc.publisherEdiciones Universidad Simón Bolívarspa
dc.publisherFacultad de Administración y Negociosspa
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 United Stateseng
dc.rights.accessrightsinfo:eu-repo/semantics/embargoedAccess
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/us/
dc.subjectInversión extranjeraspa
dc.subjectRecursos económicosspa
dc.subjectActividades económicasspa
dc.subjectBienestar socialspa
dc.titleAspectos tributarios de operaciones internacionalesspa
dc.type.driverinfo:eu-repo/semantics/other
dc.type.spaTrabajo de grado - pregrado
oaire.versioninfo:eu-repo/semantics/acceptedVersion
sb.programaContaduría Públicaspa
sb.sedeSede Barranquillaspa

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