Gravamen a los movimientos financieros

datacite.rightshttp://purl.org/coar/access_right/c_f1cf
dc.contributor.authorPico Ortega, Oscar
dc.contributor.authorMéndez Bolaño, Milton
dc.date.accessioned2024-08-12T19:52:41Z
dc.date.available2024-08-12T19:52:41Z
dc.date.issued2001
dc.description.abstractColombia sufre una difícil situación económica y a pesar de los esfuerzos que ha hecho el Gobierno Nacional para conseguir la paz no se ha logrado superar el desempleo, el desplazamiento y la guerra entre hermanos que ha hundido el plan de recuperación económica beneficioso para todos los colombianos. A esto se sumó el gran terremoto que azotó al eje cafetero, riqueza de primera plana en Colombia, país por excelencia exportador del mejor café. Las pérdidas fueron cuantiosas e irreparables, pues hubo muerte y pobreza es por esto que se expide el Decreto 2331 de 16 de Noviembre de 1998 y se declara el estado de emergencia económica y social en todo el territorio nacional y se establece una contribución sobre las transacciones financieras a cargo de los usuarios, en el desarrollo de la emergencia económica contemplada en nuestra Constitución se crea o establece el Impuesto del 2 X 1000 para las Operaciones Financieras conocidos como IOF Impuesto a las Operaciones Financieras este nuevo tributo pagado por los usuarios del sector financiero en cada una de sus operaciones tenía como destinatario la reconstrucción del eje cafetero y su destino inicial sería el Fondo de Garantía de Instituciones Financieras FOGAFIN, aparece la Ley Quimbaya, Ley 608 de agosto 8 del 2000. Que modifica y adiciona los Decretos 258 y 350 de 1999, esta Ley amplía el término para el pago de impuesto de renta hasta un plazo de 10 años y concede otros beneficios tributarios a los afectados. También aparece la Ley 633 de diciembre 29 del 2000 la cual amplia y establece de manera permanente el Impuesto del 2 X 1000 al 3 X 1000 adicionado al estatuto Tributario mediante el libro VI con el nombre de Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF), contemplados en los Artículos 870 al 881 del Estatuto Tributario. Estos gravámenes a los movimientos financieros para el sector bancario, pues atravesando el país una crisis económica como la actual el dinero se vuelve escaso y al gravar cada operación lógicamente se disminuyen operaciones de gran volumen en los diferentes bancos y corporaciones financieras.spa
dc.format.mimetypepdf
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12442/15125
dc.language.isospa
dc.publisherEdiciones Universidad Simón Bolívarspa
dc.publisherFacultad de Administración y Negociosspa
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 United Stateseng
dc.rights.accessrightsinfo:eu-repo/semantics/embargoedAccess
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/us/
dc.subjectMovimientos financierosspa
dc.subjectGravamenspa
dc.subjectTransacciones financierasspa
dc.subjectImpacto económicospa
dc.titleGravamen a los movimientos financierosspa
dc.type.driverinfo:eu-repo/semantics/other
dc.type.spaTrabajo de grado - pregrado
oaire.versioninfo:eu-repo/semantics/acceptedVersion
sb.programaContaduría Públicaspa
sb.sedeSede Barranquillaspa

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