Protección a la posesión de los bienes de la población desplazada por la violencia en algunos municipios de los departamentos de Cordoba y Sucre
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Fecha
1998
1998
Autor
Bello Villanueva, José
Torres Roa, Isaac A.
Álvarez Caro, Juan A.
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Resumen
En 1.948, en Colombia y en particular los municipios de las zonas más agrícolas y ganaderas de la Costa Atlántica, se vivió una violencia generalizada, algunos como nuestros abuelos y padres les tocó migrar a Barranquilla, Cartagena y otras ciudades dejando bienes en posesión, muchos muebles e inmuebles en abandono, detrás de esta violencia "Política" se enriquecieron parte de la clase dirigente, hacendados y pudientes de hoy en día. En la actualidad y a las puertas del siglo XXI, se repite el problema social y jurídico con diferencias de factores de orden público y de actores del conflicto; según declaraciones consignadas en el periódico el Heraldo de Barranquilla, por el personero ALVARO ANDRADE PAZ, en et presente año para el mes de Enero llegaron a Barranquilla quinientos cincuenta y cinco (5.55) desplazados por la violencia. Este ensayo jurídico tiene como fuente el art. 27 de la Ley 387 de 1.997 que consagra como hecho relevante la protección jurídica a la posesión. Este trabajo se considera que la norma protege este derecho jurídico en forma especial porque a pesar de existir normas protectoras al hecho posesión. El art. 27, en su texto de la Ley en referencia establece unas medidas protectoras sin perjuicios de las ya existentes y bajo condición de que la tenencia material de los bienes en posesión será perturbado o abandonado por una situación de violencia y la más importante protege el derecho a prescripción no se interrumpirá (Ley 387 art. 27 inciso 2 °), por otra parte este trabajo se orienta en el periodo de 1.98.5 a 1.994 de 1.996 a 1.997 a observar la realidad social en algunos Municipios de la Costa como son: Monte Líbano, Ayapel Tierra alta y La Mojana. Se considera importante este seguimiento del problema para que sirva de base para contribuir a la solución de los conflictos jurídicos a disminuir la miseria social de la población desplazada y otros problemas indirectos. A continuación se desarrolla la idea de que la protección especial que comparte la norma enunciada, hace homologa la posesión material del bien, cuando el desplazamiento obedece a móviles de violencia masiva violación de los derechos humanos
Enlace para referencia:
https://hdl.handle.net/20.500.12442/9073
https://hdl.handle.net/20.500.12442/9073