Testimonio anticipado en el proceso civil

Cargando...
Miniatura

Fecha

1999

Autores

Aguas Aguas, Rubén Antonio

Título de la revista

ISSN de la revista

Título del volumen

Editor

Ediciones Universidad Simón Bolívar
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales

Resumen

El testimonio anticipado está condicionado a que los testigos estén gravemente enfermos, circunstancia que debe afirmarse bajo la gravedad del juramento en la petición y que la declaración se recibe con citación de la presunta contraparte, pero si ignora su domicilio o residencia se emplazará tal como lo establece el artículo 318 del código de procedimiento civil. Esta prueba se practica para hacerla llegar y valer posteriormente en un proceso, se puede practicar con fines judiciales o sin el los. Puede tomar el carácter de sumaria cuando se recepcionan el testimonio sin citación de la parte contraria sin que sean personas muy enfermas o ancianas y que se recibirán exclusivamente ante notario y alcaldes, debe cumplir con unos requisitos especiales para su validez porque sin ellos será nula la prueba. \En este ensayo se puede ver qué esta prueba es la más restringida dentro de las anticipadas porque únicamente se practica a personas que estén gravemente enfermas y se presentan unos vacíos jurídicos con respecto a sus requisitos especiales dejándolos al arbitrio del juez los cuales son tratados y estudiados exhaustivamente en esta investigación, haciendo crítica y formulando nuevas propuestas al respecto.

Descripción

Palabras clave

Proceso civil

Citación

Enlace DOI

Enlace URL externo

Colecciones