Aplicación del principio de oportunidad en el derecho disciplinario en Colombia

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Fecha

2014

Autores

Mosquera Palomeque, Samudio
Surigonzalez Angulo, Haroldo
Bolívar Ríos, Pedro

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Editor

Ediciones Universidad Simón Bolívar
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales

Resumen

En nuestro país en las últimas décadas el derecho disciplinario se venía mirando como un rey de burlas, pues los servidores públicos no le temían por la falta de coherencia que existía, por la diseminación de normas y por la cantidad exorbitante de autoridades que tenían competencia en el tema, trayendo eso como consecuencia el desorden procesal, la falta de compromiso de los operadores disciplinarios y porque no decirlo, su falta de capacitación y conocimiento de las distintas leyes e instancias disciplinarias. Pero con la expedición de la ley 200 de 1995 y la ley 190 del mismo año es decir el estatuto anticorrupción modernamente se dieron los primeros pasos de lo que hoy se conoce como el código disciplinario único es decir la ley 734 del año 2002 en la cual y hay que reconocerlo se hicieron ingentes esfuerzos para dotarla de las herramientas necesarias para que esta se constituyera en la punta de lanza contra la corrupción administrativa al darle a los operadores disciplinarios la facultad de suspender provisionalmente a los servidores públicos y particulares que incumplieran sus deberes oficiales, no respetaran las prohibiciones legales, violaran la Constitución, la ley, los tratados internacionales e inclusive actos administrativos como las ordenanzas, los acuerdos, los manuales de funciones, los reglamentos y las órdenes superiores. y a más de lo anterior la potestad de imponer sanciones tan drásticas como la destitución del cargo o empleo público acompañado de una inhabilidad general para ocupar cargos públicos de diez (10) a veinte (20) años, inhabilidad para contratar con el estado, y si se tratare de la comisión de delitos de lesa humanidad o contra el patrimonio económico del Estado dicha sanción será de por vida por las mismas causas expuestas en el párrafo anterior, lo cual ha llevado a que los operadores disciplinarios llámese oficinas de control interno disciplinario de las entidades , personerías municipales o distritales y la procuraduría general de la nación, como máximo ente disciplinario del país hayan venido combatiendo los actos inmorales, anti éticos cometidos por servidores públicos en el ejercicio de sus cargos de manera ejemplar, a tal punto que voces autorizadas en la ciencia del derecho han expresado que el CDU (código disciplinario Único de colombiano) es un código Talibán, es decir demasiado fuerte que no ve soluciones alternativas a los conflictos que regula sino única y exclusivamente la Sanción.

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Palabras clave

Derecho disciplinario, Instancias disciplinarias, Corrupción

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