La fianza en materia civil
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Fecha
1997
Autores
Guete H., Ana Regina
Santa Pérez, Anita
Daza, Harold
Título de la revista
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Editor
Ediciones Universidad Simón Bolívar
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Resumen
Al analizar las concepciones que los dos primeros tratadistas nos presentan de la fianza, nos damos cuenta de que estos son escuetos y faltos de contenido jurídico, porque mientras que el primero reduce la fianza a una simple obligación subsidiaria, para el segundo es una mera garantía personal.
Nos parece más preciso el concepto de Pérez Vives agregándole la siguiente expresión "teniendo entonces el fiador a su favor la acción de repetición contra el deudor". Quedaría entonces nuestro concepto de fianza de la siguiente manera: "es una garantía personal accesoria y gratuita, por la que una o más personas responden de una obligación ajena, comprometiéndose para con el acreedor a cumplirla en todo o en parte si el deudor no la cumple; teniendo el fiador a su favor la acción de repetición contra el deudor.
Descripción
Palabras clave
Fianza, Garantia personal