Los modos de adquirir el dominio haciendo énfasis en la accesión
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Fecha
2001
Autores
Calderón Churio, Carlos Cixto
Vanegas Granadillo, Miguel Ramon
Título de la revista
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Editor
Ediciones Universidad Simón Bolívar
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Resumen
En la legislación civil colombiana, se han plasmado diversos modos de adquirir el
dominio o (propiedad) de las cosas definiéndolo en su Artículo 669, como el
derecho real en una cosa corporal, para gozar y disponer de ella siempre que con
su uso y goce, no se quebrante la ley o un derecho ajeno, constitucionalmente en
el Artículo. 58 se garantiza tal derecho y los demás adquiridos con arreglo a las
leyes civiles, las cuales no pueden ser desconocidas ni vulnerados por las leyes
posteriores. La propiedad de igual manera ha sido catalogada como una función social, siendo
inherente a una función ecológica, la razón. por la cual es catalogada como función
social es simple y llanamente por estar frente a un estado social de derecho y
como tal siempre se buscará proteger con mayor riesgo el interés general, público
o social, y no el individual personalismo o particular.
En Colombia legalmente se tienen varios modos de adquirir dominio entre estos
están los siguientes: La ocupación, la tradición, la posesión, la prescripción
adquisitiva, sucesión por causa de muerte y la accesión de la cual se hará un
análisis más detallado, esta última lo define el Artículo 713 Código Civil, de la que
expresa que es un modo de adquirir el dominio por el cual el dueño de una cosa
pasa a serlo de lo que ella produce o de lo que se junta a ella.
El Código Civil Colombiano ramifica de dos maneras las formas de adquirir
mediante accesión cuando expresa que uno puede hacerse dueño de lo que la
cosa produce o de lo que se junta a ella.
Descripción
Palabras clave
Legislación civil colombiana, Código civil, La accesión, Leyes civiles