Celebración indebida de contratos violación al régimen de inhabilidad e incompatibilidad
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Fecha
2013
Autores
Bolívar Baca, Darlyng Arelis
Domínguez Núñez, Liv Lorena
Título de la revista
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Editor
Ediciones Universidad Simón Bolívar
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Resumen
Las entidades estatales en el ejercicio de sus funciones deben ceñirse obligatoriamente y estrictamente al principio de legalidad, en materia contractual existen principios como el de selección objetiva, transparencia, publicidad, entre otros los que deben tenerse en cuenta en el desarrollo de los procesos de selección objetiva de los contratistas. En la actualidad vemos como en muchos casos dentro de las actividades contractuales en nuestro estado no se tienen en cuenta sus principios rectores, dejando de lado la ponderación del interés general sobre el particular y como consecuencia con llevando a realizar procesos de selección de contratistas pocos objetivos y transparentes, los cuales en ocasiones están amañados al interés de unos pocos, motivo por el cual llevo al legislador a crear mecanismos mediante los cuales se coaccionara al servidor público a dar cumplimiento a los establecido en las leyes en cuanto a materia contractual se trata, de esta situación nace el tipo penal denominado celebración indebida de contratos.
Descripción
Palabras clave
Derecho administrativo, Delitos contra la administración pública, Contratos públicos, Responsabilidad contractual, Contratos administrativos