Propuestas sustanciales y probatorias al hecho psíquico en la frontera del dolo eventual
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Fecha
1999
Autores
García de León, Juan Carlos
Polo Burgos, Edgardo Fabian
Título de la revista
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Editor
Ediciones Universidad Simón Bolívar
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Resumen
El tema que nos proponemos analizar es el enmarcado
en el artículo 36 de nuestro código penal bajo la
expresión, la conducta es dolosa cuando el agente
la acepta previéndola, menos como posible.
Figura que se conoce dentro del ámbito doctrinario
como el dolo eventual. Nótese que en la definición citada, por nuestro
código penal no se relaciona en nada con intensión
alguna de realizar resultado alguno. Planteando someramente el problema que envuelve tan
importante figura que nos proponemos exponer una
tesis, que parte de unificar el dolo eventual para
lograr hasta donde nos sea posible una solución sencilla y practica átales dificultades ligadas al
hecho psíquico.
Descripción
Palabras clave
Derecho, Dolo, Derecho penal