Interdicción judicial de los dementes

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Fecha

1987

Autores

Fernadez de Castro Bolaños, Myriam Lucia

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Editor

Ediciones Universidad Simón Bolívar
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales

Resumen

Este trabajo se realizó como requisito parcial para optar el título de abogado, en él se ha desarrollado el tema de la Interdicción judicial de los dementes, ya que la ley no es explícita al tomar como base en su disposición el adjetivo sustantivado Demente, ya que este adjetivo es un calificativo muy general para calificar a personas que por nacimiento o por enfermedad posterior sufren de una anormalidad Psíquica; y es precisamente la anormalidad en la cual hay muchos grados en la sicología moderna tanto cuantitativa como cualitativas, de donde la disposición atinente es muy imprecisa. En Colombia solo las personas naturales pueden ser curadoras a diferencia de la legislación chilena donde los bancos pueden ser guardadores, y atendida su solvencia y responsabilidad, están exentos de la obligación de rendir caución para desempeñar el cargo. La interdicción es una medida de protección a los bienes del demente, nuestra legislación ha dejado un poco olvidado a la persona del demente, como nos podremos dar cuenta en el trascurso de este trabajo; puesto que lo único que tutela con respecto del demente es que no puede ser recluido sino es una persona peligrosa.

Descripción

Palabras clave

Enfermos Mentales, Derecho penal, Legislación colombiana

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