Proceso de quiebra

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Fecha

1985

Autores

Manco Lora, Dino

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Editor

Ediciones Universidad Simón Bolívar
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales

Resumen

Finalmente, antes de hacer referencia al concepto de quiebra o bancarrota, es conveniente observar que en razón de la complejidad de la institución y su reglamento mismo., suele distinguirse por la doctrina el derecho material y el derecho formal de quiebra. El Derecho Material de Quiebra se ocupa de la situación jurídica que plantea el concurso entre la persona y bienes del deudor, en sus relaciones con los acreedores y con el Estado mismo, que le exige responsabilidades de carácter penal por la conducta anterior o subsiguiente a la declaratoria del estado de quiebra. El Derecho Formal comprende los ordenamientos rituales que han de seguirse en caso de declaratoria de quiebra del comerciante, es decir, se ocupa de la organización de la quiebra concebida como una institución de carácter eminentemente procesal; Precisamente por lo anterior, en el estatuto regulador de la quiebra de los comerciantes, se encuentran consignadas disposiciones de carácter sustantivo unas y de naturaleza adjetiva o procedimental otras. Por esta misma circunstancia, resulta más técnico el estudio de la institución si se la analiza separadamente, por el aspecto sustantivo primero y por el procesal luego

Descripción

Palabras clave

Quiebra (derecho), Derecho Civil, Bienes

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