Derecho a la información en conflicto con el derecho a la intimidad y al buen nombre
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Fecha
2002
Autores
Rodríguez Rojano, Regina
Urrego Delgado, Angelica P.
Título de la revista
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Editor
Ediciones Universidad Simón Bolívar
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Resumen
El ser humano es esencialmente comunicativo y es en la comunicación donde se
encuentra la fuente de fa tradición y la base de la conformación de la sociedad y
también del progreso. La idea según la cual la libertad de expresión e información
es un derecho, constituye una condición indispensable para la existencia de un
verdadero Estado Social de Derecho. La Corte Constitucional ha abordado numerosas situaciones, relacionadas con el ejercicio de la libertad de expresión e información; tenemos por ejemplo la sentencia T-706/96, donde se pronuncia sobre los alcances de la libertad de información en la relación con el Estado. Pero precisamente por su importancia la libertad de expresión plantea problemas jurídicos muy complejos, pues con frecuencia el ejercicio de estas libertades suele entrar en conflicto con numerosos
valores constitucionales como la intimidad y el buen nombre, lo cual crea el
interrogante ¿es necesario restringir aquellas informaciones que en un momento
determinado entren en conflicto, para proteger aquellos otros derechos, bienes o
intereses constitucionales? Como en efecto se observa en la sentencia T-036/02
proferida por la Corte Constitucional; partiendo de la base que en nuestro país
como Estado Social de Derecho, tiene al individuo como centro de todas sus
actuaciones para evitar que se lesionen o pongan en peligro estos derechos.
Descripción
Palabras clave
Derecho a la privacidad, Comunicación, Derecho constitucional