Análisis de la aplicación teórico legal de la modalidad de selección de contratación directa en el departamento Norte de Santander
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Archivos
Fecha
2017
Autores
Peñaranda Peláez, Freddy Jordano
Martínez Álvarez, Andrés
Ardila Rodríguez, Pedro Andrés
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Editor
Ediciones Universidad Simón Bolívar
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Resumen
La actividad contractual es uno de los medios a través del cual se busca el desarrollo de los fines esenciales del Estado Social de Derecho contenidos en la Constitución Política. Por esa razón, el legislador promulgó el Estatuto General de la Contratación en la Administración Pública a través de la Ley 80 de 1993, el cual dispuso las reglas que rigen en las relaciones contractuales desarrolladas por el Estado en su ejercicio de contratación. Lo anterior, se desarrolla con arreglo en los principios de transparencia, economía y responsabilidad objetiva.
Dentro de esta forma de administrar los recursos públicos, se encuentra la contratación directa, regulada principalmente a través de la Ley 1150 de 2007 y complementada por la Ley 1474 de 2011 y otra serie de decretos promovidos desde la Presidencia de la República. Esta investigación tiene como propósito analizar si el empleo de esta modalidad de manejo de recursos públicos obedece, en Norte de Santander, a los principios y disposiciones legales establecidas, además de estimar cómo está funcionando por medio de la revisión del marco normativo y jurisprudencial pertinente. Esto se realiza con apoyo en el paradigma interpretativo, en el enfoque cualitativo y en el diseño hermenéutico, junto con la aplicación de un par de técnicas: análisis documental y entrevista.
Esta investigación obtuvo, entre otros factores relevantes, que la modalidad de contratación directa más común en Norte de Santander es la contenida en el literal h) del numeral 4 de la Ley 1150 de 2007, es decir la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión. Así mismo, esta investigación logró determinar que el principio de transparencia en el departamento rige a través de la apreciación de la experiencia del potencial contratista, sus estudios y la necesidad de la entidad, pero es un aspecto que no revela solidez junto con el factor relacionado con la no pluralidad de oferentes.
Descripción
Palabras clave
Contratación estatal, Ley 80 de 1993, Ley 1150 den 2007