Criterios jurisprudenciales sobre la obligación de dar alimentos de los descendientes hijos y nietos. Hacia los ascendientes padres y abuelos según la corte constitucional

datacite.rightshttp://purl.org/coar/access_right/c_16ecspa
dc.contributor.advisorTeresa Jaimes, Martha
dc.contributor.advisorPérez Herrera, Pablo José
dc.contributor.authorGarcía Flórez, Nelly Yasmin
dc.contributor.authorPinzón López, Bianca Elena
dc.contributor.authorVillamizar Ramírez, Yesica Liseth
dc.date.accessioned2020-09-22T05:43:36Z
dc.date.available2020-09-22T05:43:36Z
dc.date.issued2017
dc.description.abstractDentro del Estado Colombiano, siendo la familia el núcleo fundamental de la sociedad como se expone en el artículo 42 superior, es necesario establecer la importancia de corresponsabilidad que debe existir entre la sociedad, la misma familia y el Estado por velar por su protección y el cumplimiento de las garantías que les rodea, en este sentido se hace importante que entre los miembros que la componen exista un vínculo de solidaridad en el que de hecho las mismas Instituciones se comprometan por asegurar su estricto cumplimiento. En fundamento a lo anterior la presente investigación se propone como meta analizar la jurisprudencia emanada por la Corte Constitucional Colombiana a cerca de la obligación alimentaria que tienen los descendientes hijos y nietos hacia los ascendientes padres y abuelos. Se concluye de manera clara y precisa que: La obligación alimentaria es un derecho universal así como lo establece la declaración universal de derechos humanos y el pacto internacional de derechos económicos sociales y culturales, dejando claro que los alimentos es un derecho que le asiste a toda persona. De igual manera la legislación colombiana, protege el derecho de los alimentos que se deben a los ascendientes, manifestando que es un derecho que le asiste a una persona para reclamar de quien está obligado legalmente. En la aplicación de los instrumentos ósea la entrevista los informantes establecieron lo siguiente: Los adultos mayores son personas que se encuentran en un estado de vulnerabilidad y abandono total por parte de sus familiares. Finalmente Reconocer las acciones implementadas en el Hospital Mental Rudecindo Soto en la ciudad de Cúcuta y asuntos comunitarios familia y la juventud de Villa del Rosario dentro de la corresponsabilidad en la protección de los derechos del adulto mayor. Para finalizar se deja como reflexión el artículo 251 del Código Civil Colombiano.spa
dc.format.mimetypepdfspa
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12442/6540
dc.language.isospaspa
dc.publisherEdiciones Universidad Simón Bolívarspa
dc.publisherFacultad de Ciencias Jurídicas y Socialesspa
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.accessrightsinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccessspa
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectVulnerabilidadspa
dc.subjectAbandonospa
dc.subjectDesconocimiento de la Leyspa
dc.subjectFalta de aplicabilidad de la Leyspa
dc.titleCriterios jurisprudenciales sobre la obligación de dar alimentos de los descendientes hijos y nietos. Hacia los ascendientes padres y abuelos según la corte constitucionalspa
dc.type.driverinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisspa
dc.type.spaTrabajo de grado - pregradospa
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sb.sedeSede Cúcutaspa

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