Sentencia anticipada y audiencia especial
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Fecha
1998
Autores
Gamaliel Aguilar, Juan
Jiménez Gazcón, Marta Ligia
Barros De La Hoz, Rocio del Cristo
Título de la revista
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Editor
Ediciones Universidad Simón Bolívar
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Resumen
Antes de la expedición del decreto 2700 de 1991 (código de procedimiento penal), operaba en nuestro país, en materia penal, el sistema inquisitivo ejercía funciones investigativas y acusatorias los jueces de instrucción, es decir que los jueces eran unos meros empleados instructores con funciones administrativas.
Con la vigencia de la constitución de 1991 y en desarrollo de la orden impuesta al poder ejecutivo, se reforma la justicia y entra a regir la fiscalía general de la nación.
Hoy en día opera en nuestro país, en materia penal el sistema “mixto” y la fiscalía como institución que nace del ejecutivo, en el poder puede obedecer ciertas pautas en cuanto a funciones jurisdiccionales, se trate, no puede separarse del cumplimiento de la ley y tiene como funciones la de investigar e instruir y de acuerdo a estas dos funciones decide si acusa o no.
Descripción
Palabras clave
Audiencias legislativas, Derecho penal, Derecho, Sentencia anticipada

