Tutela contra providencias judiciales
dc.contributor.author | Martínez Jara, Angela Milena | |
dc.date.accessioned | 2018-06-28T22:21:52Z | |
dc.date.available | 2018-06-28T22:21:52Z | |
dc.date.issued | 2017 | |
dc.description.abstract | El gran logro, sin lugar a duda, de la Constitución de 1991 es la acción de tutela. No en vano, no resulta exagerado decir que en Colombia se ha impuesto la cultura de la tutela. El rotundo éxito de ella radica en que es un mecanismo judicial protector de derechos fundamentales y conexos como la salud, el trabajo y las pensiones, dotado de un procedimiento sencillo, garantista y con la celeridad necesaria, hasta el punto de dejar en el ridículo, la rigidez de los términos y requisitos procesales en la justicia ordinaria (Rodríguez, 2009). El constituyente de 1991, entendió la imperiosa necesidad, de dotar el Estado Social de Derecho, de una figura que en otros países se conoce como el recurso o acción de amparo, que hiciera exigible la protección jurídica de derechos de tal relevancia, que son llamados: fundamentales. Ante la vulneración o posible violación de cualesquiera de ellos, por parte de una entidad pública, un servidor público e inclusive de una empresa privada o de economía mixta o de un particular, cualquier persona podrá impetrar la acción de tutela ante los jueces para reclamar la protección inmediata de los mismos, a través de un proceso preferente, sumario y autónomo, tal como lo preceptúa el artículo 86 del estatuto superior. En el presente ensayo, se analizará la relevancia que ha tenido la acción de tutela, pero más exactamente, en su impetración contra providencias judiciales. En un comienzo, la tutela fue confundida como un recurso, cuando en realidad, es una acción. Muchos abogados descontentos por decisiones judiciales adversas acudieron a la tutela, intentando tener la oportunidad de una instancia judicial más, lo que obviamente la desnaturalizaría, pues haría que los juicios fueran sempiternos, agregándose a ello, la falta de seguridad jurídica. | spa |
dc.identifier.uri | http://hdl.handle.net/20.500.12442/2159 | |
dc.language.iso | spa | spa |
dc.publisher | Ediciones Universidad Simón Bolívar | spa |
dc.publisher | Facultas de Ciencias Jurídicas y Sociales | spa |
dc.rights.accessrights | info:eu-repo/semantics/restrictedAccess | |
dc.rights.license | Licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional | |
dc.subject | Tutela | spa |
dc.subject | Providencias judiciales | spa |
dc.subject | Procedimiento | spa |
dc.subject | Derechos fundamentales | spa |
dc.subject | Amparo judicial | spa |
dc.title | Tutela contra providencias judiciales | spa |
dc.type | Other | spa |
dcterms.references | Agudelo, S. J. & Calderón, M. A. (2016). Responsabilidad patrimonial del Estado colombiano por actos de reforma constitucional. En Justicia, 29, 99-118. http://dx.doi.org/10.17081/just.21.29.1236 | spa |
dcterms.references | Bernal, Carlos (2008). El derecho de los derechos. Bogotá, Colombia: Universidad Externado de Colombia. | spa |
dcterms.references | Castillo González, L. (2010, febrero). Antinomias o conflictos de leyes. Criterios de Solución. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Recuperado de https://sjf.scjn.gob.mx/SJFSist/Documentos/Tesis/165/165344.pdf | spa |
dcterms.references | Constitución Política de Colombia. Editorial Legis. 36a Edición | spa |
dcterms.references | Decreto 2591 de 1991, Corte Constitucional. | spa |
dcterms.references | Dueñas, Oscar (2001). Acción y procedimiento en la tutela. Bogotá, Colombia: Editorial ABC. | spa |
dcterms.references | Ferrajoli, Luigi. 2007. Los fundamentos de los derechos fundamentales. Madrid: Trotta. | spa |
dcterms.references | Ferrajoli, Luigi. 1997. Derecho y razón. Teoría del garantismo penal. Madrid: Trotta. | spa |
dcterms.references | Garcés, L. (2014). La justicia aristotélica: virtud moral para el discernimiento de lo justo. Indivisa. Boletín de estudios e investigación, 14, 44 – 52. Recuperado de http://www.redalyc.org/pdf/771/77130564003.pdf | spa |
dcterms.references | Gómez, C.F. (2009). Las vías de hecho como generadoras del choque de trenes en la jurisprudencia constitucional (1992-2008). Criterio Jurídico v.9 fasc.2. Recuperado de http://scienti.colciencias.gov.co:8081/cvlac/visualizador/generarCurriculoCv.do?cod_rh=0001017470 | spa |
dcterms.references | Hart, H. L. A. El concepto de Derecho. Trad. Genaro Carrió. Buenos Aires: Abeledo-Perrot (1961) | spa |
dcterms.references | Martínez, Mauricio. La Constitucionalización de la justicia y la autonomía judicial. La tutela contra providencias judiciales en Colombia y España. Ed. Universidad Nacional. Primera Edición 2009. | spa |
dcterms.references | Moreno Ortiz, L. (2009). Tutela contra sentencias. Procedencia y modalidades jurisprudenciales en Colombia (1992-2006). Civilizar. Ciencias Sociales y Humanas. Recuperado de http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=100212247005 | spa |
dcterms.references | Olano García, H. (2009, julio-diciembre). Antolinez, el casus belli (causa de guerra) entre las cortes. Jurídicas. Recuperado de https://dialnet.unirioja.es/servlet/revista?codigo=11243 | spa |
dcterms.references | Paredes, C. (2011, 7 de diciembre). ¿Se debería regular la tutela? Semana. Recuperado de http://www.semana.com/ | spa |
dcterms.references | Ponce, M. (2005) Los conceptos de justicia y derecho en Kant, Kelsen, Hart, Rawls, Habermas, Dworkin y Alexy. Biblioteca jurídica virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Recuperado de file:///C:/Users/Hp/Downloads/11597-10634-1-PB.pdf | spa |
dcterms.references | Quinche, Manuel. Vías de hecho. Acción de tutela contra providencias judiciales. Editorial Doctrina y Ley. Sexta edición 2010 | spa |
dcterms.references | Reyes, A. (13 de febrero de 2014)). Tutela contra providencias judiciales. El Espectador. Recuperado de https://www.elespectador.com/opinion/tutela-contra-sentencias-judiciales-columna-474909 | spa |
dcterms.references | C-543 de 1992, M.P. José Gregorio Hernández. Corte Constitucional Recuperado de http://www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/1992/C-543-92.htm | spa |
dcterms.references | T-567 de 1998, M.P. Eduardo Cifuentes Muñoz. Corte Constitucional. Recuperado de http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/1998/T-567-98.htm | spa |
dcterms.references | T-441 de 2003, M.P. Eduardo Montealegre Lynett Corte Constitucional. Recuperado de http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2003/T-441-03.htm | spa |
dcterms.references | C-590 de 2005, M.P. Jaime Córdoba Triviño. Corte Constitucional. Recuperado de http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2005/C-590-05.htm | spa |
dcterms.references | T-328 de 2005. Corte Constitucional. Recuperado de http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2005/T-328-05.htm | spa |
dcterms.references | AC-10203, C.P. Nicolás Pájaro Peñaranda. Consejo de Estado, Recuperado de http://legal.legis.com.co/document?obra=jurcol&document=jurcol_75992041afd6f034e0430a010151f034 | spa |
dcterms.references | Rodríguez, F. (2009). Tres imperativos categóricos para una correcta decisión judicial. En jurid. 6, (1), 69-78. | spa |
sb.programa | Derecho | spa |
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