La dación en pago como pago autónomo de extinguir obligaciones
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Fecha
2003
Autores
Herrera Martínez, Milena Josefina
Ulloa Herrera, Oscar Javier
Título de la revista
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Editor
Ediciones Universidad Simón Bolívar
Facultad de Ciencias de Jurídicas y Sociales
Facultad de Ciencias de Jurídicas y Sociales
Resumen
La Legislación Civil Colombiana consagró diversos modos de extinguir las
obligaciones, una de estas modalidades es la Dación en pago que es un medio
excepcional que permite solucionar la obligación con una prestación distinta de las
debida. Se tiene que por regla general, en el pago de una obligación no puede ser
obligado el acreedor a recibir otra cosa que la que se le deba, aunque sea de igual
a mayor valor a lo ofrecido. Pero tampoco puede ser obligado el deudor a
entregar una cosa distinta de aquella a que se refiere la obligación, aunque sea
de menor valor ya que debido a la actual situación y la insolvencia económica
para cumplir con los compromisos adquiridos plantean la necesidad de recurrir a la
Dación en pago como forma autónoma de extinguir las obligaciones.
A pesar de que han transcurrido muchos años desde cuando comenzó a aplicarse
la Dación en pago, como forma de extinguir las obligaciones aún se suscitan
algunas dificultades que se confunden con la Novación. De este problema se
hace referencia en el desarrollo de este ensayo, como también saber en que
consiste la Dación en pago como forma de extinguir las obligaciones, pues el
Código Civil no lo reglamenta en forma detallada en ninguno de sus capítulos.
Además la legislación colombiana en el Artículo 1625 del Código Civil en ninguno
de sus ordinales cita la Dación en pago como medio de extinguir las obligaciones
pero si consagra la novación en su numeral segundo, situación esta que obliga a
plantear los siguientes interrogantes ¿ Qué se pretende extinguir con la Dación en
Pago?, ¿Cuáles serían los requisitos de éstas?.
Descripción
Palabras clave
Derecho