La obligatoriedad de los trabajadores públicos y privados de declarar los procesos alimentarios pendientes en el registro nacional de protección familiar
Cargando...
Archivos
Fecha
1998
Autores
Lozano, Yalith
Osorio, Erika
Título de la revista
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Ediciones Universidad Simón Bolívar
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Resumen
En concordancia con la nueva tendencia de protección a
Institución Familiar, instaurada por la Constitución Política de 1991 en base al articulo 42 donde se plantea que: la familia es el núcleo fundamental de la sociedad".
Tomada la protección familiar como ente fundamental de los derechos constitucionales el artículo 44 dice: "son derechos fundamentales la vida, la integridad física, la salud y la alimentación equilibrada"
Acogiendo a Carlos Medellín Becerra dice que:
"Trascendiendo en el ámbito de los alimentos entendidos en sentido estricto y comprender el término general de la obligación de sustento, habitación, vestido, asistencia medica, recreación, formación integral y educación "
El legislador observó el abandono moral y económico que hoy en día recae sobre la familia en donde la realidad trae como consecuencia violencia y delincuencia que en la sociedad colombiana se encuentra acentuada.
Al realizar un replanteamiento constitucional y tomar clara conciencia de la magnitud del problema, la constitución de 1901, concibió la creación de Registro Nacional de Protección Familiar.
Descripción
Palabras clave
Trabajadores públicos, Trabajadores privados, Procesos alimentarios