Obligaciones civiles y meramente naturales

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Fecha

1998

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Editor

Ediciones Universidad Simón Bolívar
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales

Resumen

Las obligaciones civiles y naturales, como deberes morales que son, de condición humana, equidistante de las obligaciones civiles dictadas por la ley o nacidas del tráfico jurídico nos permite hacer una diserción de los tipos o modalidades que buscan el esclarecimiento de dudas, equívocos o confusiones al interpretarlas. Conocer las obligaciones y sus partes legales, benéficas, resolver los conflictos jurídicos que en ella se presente considerando que las obligaciones son la columna vertebral del Derecho. Con relación a este concepto, no podemos seguir pensando como los filósofos de los siglos XIX y XX en sus ideas de un derecho rigurosamente estático, solo infundado por consideraciones permanentes de orden inmaterial. "Ninguna rama del derecho escapa a la necesidad de una adecuada evolución GAUDEMET, considera que nada es mueble en el Derecho. La jurisprudencia recurre a la regla técnica y necesariamente que dijera ECHANDIA. "Para adaptar las instituciones envejecidas a las nuevas exigencias de la realidad común. El objetivo es Analizar las obligaciones civiles y las meramente naturales y las que de estas se deriven, en sus aspectos normativos y sus viabilidades jurídicas y morales.

Descripción

Palabras clave

Derecho, Obligaciones (Derecho), Derecho Civil

Citación

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