Análisis jurisprudencial y doctrinario del estatuto antisecuestro Ley 40 de 1993

datacite.rightshttp://purl.org/coar/access_right/c_16eceng
dc.contributor.authorZuleta Zabaleta, Eliana Rocío
dc.date.accessioned2022-08-23T22:07:56Z
dc.date.available2022-08-23T22:07:56Z
dc.date.issued2002
dc.description.abstractSi hay un país en el orbe que a diario se ve azotado inmisericordemente por diversos flagelos como extorsión, boleteo, secuestro, tornas sangrientas, masacres, genocidios y tantas otras incursiones salvajes, desprovistos de cualquier estado reflexivo de conciencia, ese se llama Colombia. Pues bien, el secuestro que es el tema de este análisis ocupa un lugar tristemente preponderante en el pan de cada día de las gentes colombianas. No es extraño escuchar que en el sol de un nuevo día ocurren también nuevos secuestros. Son alarmantes las cifras de secuestros reveladas por los principales diarios, revistas y boletines oficiales del Gobierno. Son desgarradores, asimismo, los testimonios de los familiares de los secuestrados, a través de medios como la radio y la televisión, relatando las vicisitudes, suplicios y dramas vividos ante la ausencia del ser querido. Son clamores provenientes de los cuatro rincones del país en contra de este bestial delito. La prestigiosa y renombrada Cadena Radial CARACOL le ha abierto una "ventanita" todas las noches a los familiares de los secuestrados con el fin de que desahoguen el río de sufrimientos que llevan interiormente por intermedio del micrófono. Consiste en esperanzadoras voces para el retenido en un lugar recóndito de la geografía patria, bien sea en manos de la guerrilla, de la delincuencia común o de otros agentes. Retrocediendo en la historia y buscando en páginas del pasado reciente, me encuentro con unos hechos que dieron origen al Estatuto Antisecuestro. Ello fue así: Debido al incremento del secuestro durante la sangrienta e invivible época del Cartel de Medellín, Francisco Santos Calderón, periodista de singular talla y quien resultó plagiado por el aparato beligerante de Escobar Gaviria, luego de haber sido liberado, concibió la idea de crear una fundación para prestar ayuda psicológica a los familiares de los secuestrados y a estos mismos al ser liberados.spa
dc.format.mimetypepdfspa
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12442/10662
dc.language.isospaspa
dc.publisherEdiciones Universidad Simón Bolívarspa
dc.publisherFacultad de Ciencias Jurídicas y Socialesspa
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacionaleng
dc.rights.accessrightsinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccesseng
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.subjectDerechospa
dc.subjectEstatuto antisecuestrospa
dc.subjectSecuestrospa
dc.titleAnálisis jurisprudencial y doctrinario del estatuto antisecuestro Ley 40 de 1993spa
dc.type.driverinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesiseng
dc.type.spaTrabajo de grado - pregradospa
oaire.versioninfo:eu-repo/semantics/acceptedVersioneng
sb.programaDerechospa
sb.sedeSede Barranquillaspa

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