Resumen
Es tanto la importancia de la familia en nuestra sociedad que referirnos a ella constituye adentrarnos en
la preservación de las generaciones y de la misma vida.
Mirando un poco los antecedentes encontramos que las
leyes 70 de l. 931, 28 de l. 932 y 54 de l. 990 que en
su respectivo orden se refieren a la constitución
de patrimonios de familia no embargables, al régimen
patrimonial en el matrimonio y a las uniones maritales
de hecho y el régimen patrimonial entre compañeros
permanentes, constituyen sin duda alguna la base funda
mental de la ley 258 de 1,996 por la cual se establece
la afectación a vivienda familiar.