Estructuración jurídico-políticas de las áreas metropolitanas y asociaciones municipales

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Fecha

1986

Autores

Andocilla Hernández, Jorge

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Editor

Ediciones Universidad Simón Bolívar
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales

Resumen

No obstante haber llegado la Constitución de 1886 a la procera edad de 96 años, aproximadamente, podemos afirmar que ha sido la más sólida y persistente que haya tenido el país. Hay, obviamente, algunos aspectos muy importantes en los cuales ella se ha modificado como también que, en otros, ha dado un vuelco total, la nueva concepción del Estado y la Propiedad, modificaciones estas introducidas en el año de 1936 por un Liberalismo asaz renovador. Más sin embargo, no ha existido aún el movimiento con la suficiente fuerza arrolladora que haga sucumbir otras de sus bases fundamentales, una de ellas, por ejemplo, el régimen departamental y municipal. La Centralización Política y Descentralización Administrativa, postulado mediante el cual Rafael Núñez condensó en forma perfecta el tránsito del federalismo jurídico, que si en otra habían tantas soberanías como Estados existían de allí en adelante solo existiría la soberanía de la Nación y, como consecuencia de ello, las partes o secciones componentes de ella perderían sus atributos políticos ( los de expedir constituciones y legislaciones propias) para dejar está tareas en manos de los poderes centrales; desenvolviéndose el principio de la descentralización administrativa a través de los departamentos y de los municipios con facultades, estos últimos, de naturaleza netamente administrativa. De manera que, desde el punto de vista de su di visión territorial Colombia continúa marcada por la presencia de departamentos y municipios. Pero muy contrario a la opinión de diversos sectores el país ha venido pensando y reflexionando acerca de su organización departamental y municipal. Y diferencia, de la perseverancia casi íntegra del sistema departamental, el régimen municipal ha sido objeto en repetidas ocasiones de cambios sustanciales para atemperarlo a las naturales condiciones inherentes al desarrollo urbano que se han venido presentando. Cristalizando por excelencia, la idea de la descentralización administrativa en el cuadro municipal, se ha conservado el municipio como sede de la descentralización, y la presencia de sus autoridades más innatas como el Concejo Municipal, el alcalde el personero y el Tesorero, ha sido confirmada una y otra vez. La verdad histórica es que el desarrollo del fenómeno municipal desborda siempre los marcos del derecho positivo vigente y se presenta más ágil que todas las previsiones legislativas; y es que las realidades evolucionan más rápidamente que las estructuras legales, según concepto del tratadista Francés Benoit. Debido a ello, y aunque de manera bastante parca es notable la modernización y la variabilidad con que ha sido retocado el conjunto municipal eh las reformas constitucionales de 1945 y de 1969 como también, en las náufragas intenciones de reforma de las dos administraciones anteriores.

Descripción

Palabras clave

Derecho administartivo, Áreas metropolitanas, Municipios

Citación

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