La potestad sancionatoria de las empresas prestadoras de servicio públicos domiciliarios

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Fecha

2015

Autores

Pernet Osorio, Anibal
Torres Ibarra, Karla

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Editor

Ediciones Universidad Simón Bolívar
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales

Resumen

Los servicios públicos estarán sometidos al régimen jurídico que fije la ley, podrán ser prestados por el estado, directa o indirectamente, por comunidades organizadas, o por particulares. En todo caso, el estado mantendrá la regulación, el control y la vigilancia de dichos servicios. A la luz del artículo 365 de la Constitución Política de Colombia " Los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del estado. Es un deber del estado asegurar su prestación a todos los habitantes del territorio nacional". En la década de los noventa, varios países latinoamericanos redefinieron el papel del Estado en relación con la prestación de los servicios públicos debido a la necesidad de atraer nuevos capitales para la ampliación y modernización de la infraestructura existente, así como también a la existencia de una nueva concepción del Estado que aboga por la reducción de su tamaño y por una mayor importancia del papel del mercado en la asignación de los recursos.

Descripción

Palabras clave

Servicios públicos domiciliarios, Estado social de derecho, Sanciones administrativas, Tipicidad

Citación

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