Garantías jurídico - procesales de los sujetos en la relación laboral en Colombia frente a las incapacidades de origen común del trabajador cuando es superior a 180 días
Fecha
2019
2019
Autor
Redondo Medina, Karen Karina
Granados Delgado, Omar De Jesús
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Resumen
Las Garantías jurídico – procesales de los sujetos en la relación laboral en Colombia, frente a las incapacidades de origen común del trabajador cuando es superior a 180 días, es un análisis conceptual, teórico, normativo y jurisprudencial, que se extiende hasta la realidad representada en las voces de los trabajadores, empleadores, abogados, entidades de la seguridad social, como actores en una problemática jurídica cotidiana que refleja la crisis actual de las instituciones, donde se evidencia que pese al esfuerzo cargado en las fuentes formales del derecho, existe una marcada omisión en los responsables de las cargas económicas y asistenciales durante la contingencia de la enfermedad de origen común, que aumenta la vulnerabilidad especialmente de la parte más débil de la relación laboral, poniendo en riesgo su mínimo vital, su recuperación e incluso su eventual pensión por invalidez. En este orden de ideas, se planteó como objetivo general a alcanzar en el presente trabajo: analizar las garantías jurídico - procesales de los sujetos en la relación laboral en Colombia cuando la incapacidad de origen común del trabajador es superior a 180 días, el cual se logró bajo el desarrollo de los siguientes como objetivos específicos y que finalmente se constituyeron en desarrollo de capítulos del trabajo investigativo: 1). Definir conceptos básicos sobre sobre la protección del trabajador incapacitado con enfermedad de origen común; 2). Interpretar la normatividad colombiana que regula la protección de incapacidades de origen común; 3). Analizar la jurisprudencia proferida por la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional Colombiana que establecen los aspectos procesales a seguir cuando existe incapacidad de origen común que supera los 180 días; 4). Examinar las posturas doctrinales nacionales e internacionales dentro del contexto latinoamericano, referentes a las garantías jurídico - procesales sobre incapacidades de origen común mayor de 180 días; 5). Conocer las concepciones de empleadores, trabajadores, abogados, representantes de entidades de seguridad social en relación con las garantías jurídico-procesales en las incapacidades por riesgo común por más de 180 días; 7 todo bajo el empleo de un método hermenéutico, al ser una investigación cualitativa. Como hallazgos o resultados de esta investigación, se puede destacar ciertamente que los sujetos de la relación laboral cuentan con unas importantes garantías bajo la contingencia de la enfermedad del trabajador que supera 180 días, las cuales se encuentran principalmente sentadas en la norma y la jurisprudencia que ha regulado este aspecto, las cuales se detallan en cada uno de los capítulos desarrollados; no obstante, se considera que no están totalmente dadas las citadas garantías para las partes del contrato de trabajo, dado que de manera especial a partir del día 181 se generan situaciones que pueden colocar en desequilibrio la estabilidad en la cual las partes podían encontrarse, como por ejemplo cuando a partir de este término la carga económica del subsidio de incapacidad se encuentra a cargo de la administradora del fondo de pensiones (AFP), pero la norma indica que dicha responsabilidad se genera siempre y cuando se haya emitido concepto favorable de recuperación por parte de la entidad promotora de salud (EPS) a la que se encuentre afiliado del trabajador(Colombia P. d., Decreto 019, 201|2); lo cual ha significado que cuando la EPS no emite el concepto de recuperación dentro del término legal o que el mismo se emite pero no es favorable, se someta al trabajador afiliado a un vaivén entre los entes responsables aumentando aún más su menoscabo. Otro ejemplo que se puede traer a colación como resultado de la presente investigación y que en la misma se considera falencia en las garantías jurídico – procesales, es cuando se procede a la calificación de pérdida de capacidad laboral del trabajador y la misma resulta ser inferior al 50%; en este caso de seguirse generando incapacidades, las cargas económicas por concepto de subsidio de incapacidad no han sido desarrollados por la norma, sino por la jurisprudencia a través de sentencias de tutelas, a partir de los cuales el Juez Constitucional ha obligado a la AFP a seguir cubriendo dicho subsidio de incapacidad, no obstante esta circunstancia ha sido amparada a través del mecanismo de tutela, lo cual representa un necesario estudio de cada caso en particular, aunado a que de no 8 hacer uso el afiliado de esta acción podría quedar desamparado totalmente en este sentido. Por último, para traer a colación otros hallazgos de este compromiso investigativo, se tiene que en lo que respecta a la causal para dar por terminado el contrato de trabajo por justa causa por parte del empleador prevista en el artículo 62, numeral 15, literal a) (Colombia P. d., Código Sustantivo del Trabajo, 1950), en el que se prevé que cuando el trabajador tiene una incapacidad superior a 180 días, se genera automáticamente una causal objetiva de terminación de la relación laboral; sin embargo la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional han asumido posiciones paralelas(SL4033, 2018); (Sentencia SU 049, 2017), que podrían generar inseguridad jurídica en una u otra parte, de acuerdo al tribunal que se acate en su interpretación en lo atinente a los temas de estabilidad laboral reforzada en estado de debilidad manifiesta(Congreso de la Republica de Colombia , 1997).
Enlace para referencia:
https://hdl.handle.net/20.500.12442/6679
https://hdl.handle.net/20.500.12442/6679