Resumen
El presente trabajo clasifica el régimen de bienes matrimoniales, su complejidad y algunos criterios, teniendo en cuenta la evaluación.
hay que anotar que, no obstante la reiterada
frecuencia con qué nuestro legislador después de 1932 ha
continuado refiriéndose a la sociedad conyugal, como si ella
subsistiera según los lineamientos del código, la realidad
ensena que por el matrimonio no nace dicha sociedad, y que
insistir en hablar de ella es reflejo de una tendencia que
no quiere desprenderse de la denominación que tenía nuestro
anterior régimen.