El miedo insuperable como causal de ausencia de responsabilidad penal en el ordenamiento jurídico penal colombiano

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Fecha

2019

Autores

West Avila, Farid
Paternina Arboleda, José G.

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Editor

Ediciones Universidad Simón Bolívar
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales

Resumen

Como se pudo determinar, en algún momento se podría generar cierta confusión en lo que respecta a las causas de la ausencia de responsabilidad penal y las que tienen que ver con la inculpabilidad en donde muchas veces se acostumbra el direccionar estas características en la doctrina, debido a que suele confundirse culpabilidad con responsabilidad; y, la confusión consiste en que una vez inferida la autoría por parte del posible sujeto activo de una conducta punible se dice que hay responsabilidad; pero no siempre sucede esto, por cuanto habrá que observar si el sujeto ha actuado con culpabilidad o no. Las razones por las que no se recurre con éxito a la utilización de esta causal de ausencia de responsabilidad penal en nuestra práctica jurídica tiene que ver con el poco manejo y la insuficiente ilustración doctrinal que hay sobre el tema. Por eso, se buscó ilustrar a manera de ejemplo los casos en los que a nivel de derecho comparado ha sido aplicada de manera eficaz esta causal, y los casos en que nuestra jurisprudencia se ha pronunciado desfavorablemente, para así dar mayor confianza a los abogados y funcionarios judiciales en el empleo de ella, de forma tal que, de ahora en adelante, no sea visto como un tabú o terreno difícil de explorar para la comunidad jurídica. Vale decir que sí hay pronunciamientos sobre la figura del obrar impulsado por Miedo Insuperable en fallos y Sentencias de las altas Cortes, pero, por lo general, la causal siempre está mal argumentada o sustentada, lo que motiva su inadmisión o la decisión de No Casar. Conclusiones: Se puede concluir expresando que ha quedado claro o por lo menos se ha intentado llevar el conocimiento de los casos en los que a nivel de derecho comparado se ha dado aplicación a la causal de ausencia de responsabilidad basada en el obrar impulsado por miedo insuperable con el fin de poner en práctica de forma más cómoda el uso de esta figura que se ha mirado de soslayo desde su entrada en escena con la Ley 599 de 2000, a través del Código Penal. Consideramos que la solución más plausible para allanar el camino en el uso de la figura del miedo insuperable y darle una correcta aplicación es la de la promover, a través de escenarios jurídicos, académicos, campañas de capacitación al respecto con expertos en el tema. Para ello, es indispensable el uso de una herramienta vital, la casuística, basada en los ejemplos traídos y el conocimiento abrevado de la doctrina, jurisprudencia y práctica jurídica foránea. Entre las conductas punibles que se verían beneficiados los procesados con la inicial puesta en práctica de esta figura, podemos mencionar, basado en los ejemplos citados: la violencia intrafamiliar y el falso testimonio, sin desconocer que, con un adecuado manejo a nivel jurídico, teniendo como pilar decisivo a la psicología y a la psiquiatría, con ella se pueden irrogar beneficios a otros tipos penales, beneficios que se verían plasmados en reducciones de la sanción penal, ante una eximente incompleta; o absolución, ante una eximente completa. Finalmente, y teniendo en cuenta los aspectos aportados a través de la jurisprudencia, se pudieron encontrar una serie de consideraciones relacionadas con el miedo insuperable, que de alguna manera es una figura representativa en Colombia, en donde el desarrollo jurisprudencial que le ha dado la Corte Suprema le otorga más confianza a la aplicación de la causal por parte de los abogados y el conocimiento base para saber, incluso, cuándo la causal de miedo insuperable ha sido mal invocada; cómo está conformada ésta; cuáles son sus grados y alcances; y demás características propias de ella, diferenciándolas de las demás causales.

Descripción

Palabras clave

Miedo, Insuperable, Eximente, Inexigibilidad, Legítima defensa, Estado de necesidad, Trastorno mental transitorio, Temor intenso, Insuperable coacción ajena

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