Segunda instancia en el juzgamiento penal de los miembros del congreso de la república de Colombia

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Fecha

2018

Autores

Hernández Marín, Laura Marcela

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Editor

Ediciones Universidad Simón Bolívar
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales

Resumen

Este documento nos permite ver como en Colombia a los miembros del congreso no se les hace un debido juzgamiento, ya que por ser parte del estado se le estará dando un trato especial diferente al que se le puede dar a una persona particular, al momento de tener un proceso; violando los derechos fundamentales y garantías tales como el derecho de la igualdad ante la ley y el principio de eficacia, el debido proceso entre otros. Se ha tenido en cuenta que toda persona particular tiene muchos derechos al momento de ser indiciado por algún delito tales como derecho a la defensa bien sea dada por el mismo estado o por parte del particular, un debido proceso, una segunda instancia entre otros, mientras que los miembros del congreso no tienen el beneficio de la doble instancia puesto que al momento de ser juzgado la Corte Suprema de Justicia es quien se encarga de tomar la decisión de si es culpable o no. Durante varios años se ha querido implementar el derecho de la doble instancia para el Congreso de la Republica, donde no se ha visto ningún resultado positivo puesto que el error viene desde que se implementó la Constitución de 1991, donde se le da la facultad a la corte suprema de justicia de encargarse del juzgamiento de los congresistas, donde se hizo una reforma constitucional efectuada mediante el acto 01 del año 2018, con el fin de permitirles a los miembros del congreso tener una doble instancia basada en el que toda persona es igual ante la ley.

Descripción

Palabras clave

Juzgamiento, Doble instancia, Igualdad, Corte Suprema de Justicia

Citación

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