Violacion a las garantias constitucionales a partir de la expedición de la ley 1801 de 2016 “Nuevo Código de Policía y Convivencia Ciudadana” en Colombia

Cargando...
Miniatura

Fecha

2017

Autores

Parra Roncancio, Carlos Alberto

Título de la revista

ISSN de la revista

Título del volumen

Editor

Ediciones Universidad Simón Bolívar
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales

Resumen

En un Estado social de derecho, el uso del poder de policía, tanto administrativa como judicial, se encuentra limitado por los principios (Bechara Llanos, 2015) contenidos en la Constitución Política y por aquellos que derivan de la finalidad específica de la policía de mantener el orden público como condición para el libre ejercicio de las libertades democráticas (Rodríguez-Burgos., Martínez & Rodríguez-Serpa, 2017). De ello se desprenden unos criterios que sirven de medida al uso de los poderes de policía. El ejercicio de la coacción de policía para fines distintos de los queridos por el ordenamiento jurídico puede constituir no sólo un problema de desviación de poder sino incluso el delito de abuso de autoridad por parte del funcionario o la autoridad administrativa. (Sentencia No. C-024 de 1994). El 29 de julio del 2016 se expidió en Colombia el Nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia, el cual dispondría con un periodo inicial de seis meses para hacer campañas pedagógicas con el fin de dar a conocer, a todos los colombianos, el contenido de dicho código. A partir del primero de enero del 2017 comenzó la implementación de esta ley en todo el territorio Nacional. Según el artículo 242 de la Ley 1801 de 2016 – Nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia, quedando derogado el Decreto 1355 de 1970 - Código de Policía, por el cual se dictaron las normas sobre policía a partir de l4 de agosto del mismo año.

Descripción

Palabras clave

Estado social, Garantías constitucionales, Derecho policivo, Autoridad administrativa, Convivencia

Citación

Colecciones