Llanos, WilsonVega Vence, José JaimeArrieta, Sugey2022-08-022022-08-022000https://hdl.handle.net/20.500.12442/10445Teniendo como base legal que la ley 270/96 en su art. 8º señala que la ley podrá establecer mecanismos diferentes al proceso judicial para solucionar los conflictos que se presentan entre sus asociados. Ha surgido en nuestras comunidades debido a la poca cobertura que tiene el Estado para aplicar justicia una nueva corriente revolucionaria para la resolución de conflictos como lo queremos manifestar en esta investigación, se trata de formas comunitarias de tratamiento y resolución de conflictos que junto con los mecanismos como la conciliación y el arbitraje, la amable composición y la conciliación en equidad, realmente estatuidos por el decreto 1818/98, hacen parte de una estrategia estatal para descongestionar los despachos judiciales.pdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 InternacionalDerechoSolución alternativa de conflictos (Tratamiento comunitario)info:eu-repo/semantics/restrictedAccessinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis