Payares García, LisethBetancourt Henao, Luz Elena2022-08-242022-08-242002https://hdl.handle.net/20.500.12442/10702Caducidad y Prescripción son dos figuras jurídicas que tienden a confundirse, pero que son muy diferentes, aun cuando ambas tienen que ver con el ejercicio de un derecho o acción, así: la caducidad es un fenómeno por la cual se produce la extinción de la facultad de ejercer un derecho o realizar un acto, por no haberlo ejercitado dentro del término perentorio que señala la Ley. La prescripción en cambio es un modo de adquirir las cosas ajenas o de extinguir las acciones o derechos ajenos, por haberse poseído las cosas y no haberse ejercitado dichas acciones o derechos durante un lapso de tiempo concurriendo no obstante los demás requisitos legales. Puede decirse, además, que la prescripción se da en dos formas: adquisitiva que opera en el campo de la adquisición de los derechos reales y la extintiva referida a la extinción de las obligaciones y acciones en general. Para efectos de la elaboración del presente ensayo, se toma como modelo la sentencia T-250.971, proferida por la honorable Corte Constitucional, en la que se fija la posición de ese órgano frente a la pretensión de nulidad de un fallo de la misma Corte, en relación con una acción de Tutela promovida por Jorge Cure y Otros, contra la entidad CORELCA, entidad de naturaleza pública.pdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 InternacionalPrescripciónDerechoCaducidadDiferencias entre caducidad y prescripción extintiva en Colombiainfo:eu-repo/semantics/restrictedAccessinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis