Consuegra, FelixCandanoza, María CristinaVilla Rivera, Julio Cesar2025-07-112025-07-111998https://hdl.handle.net/20.500.12442/16832Esta novedosa figura contractual es, en nuestro criterio, aquella que más perplejidades causa en el derecho comercial y, posiblemente, la que menos ha sido objeto de estudios por parte de la doctrina, bien a pesar de que su práctica ha venido extendiéndose entre nosotros considerablemente durante los tres últimos lustros y, muy particularmente, en el curso de los ocho años inmediatamente anteriores. Sin temor a equivocarnos, podríamos afirmar que esta clase de contratos se convirtió en el sistema más usado para recibir y colocar, según el caso, liquidez de corto término en los sectores financiero y bursátil, incluyendo dentro de este último la operación de los llamados inversionistas institucionales. Este recibo o entrega de dineros tiene corno contrapartida, tal como es generalmente aceptado y bien a pesar de una opinión contraria que presentaremos adelante, una enajenación o transferencia transitoria de \"alores cotizados en bolsa.pdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 InternationalContratosDerechoDerecho comercialEl contrato de reportoinfo:eu-repo/semantics/embargoedAccessinfo:eu-repo/semantics/other