Quintero Quintero, KatherineMedina Badillo, Gerardo2024-08-142024-08-142002https://hdl.handle.net/20.500.12442/15189La protección de creaciones del espíritu se manifiesta por primera vez en privilegios que al principio solo fueron otorgados por el emperador, con el efecto de que al titular le quedaba reservado el derecho exclusivo de explotar el objeto materia del privilegio. Solo después de la invención del arte de imprimir aparecen privilegios a favor de obras literarias y composiciones musicales. Tales privilegios no se concedían a los autores, sino a los impresores y editores, primero para todas las obras en general, publicadas o por publicar en las casas editoriales, en lo sucesivo también para obras individuales, no importa si eran novedosas o conocidas desde tiempo atrás, ni cual era la relación entre él y el editorpdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 United StatesContaduríaPatentesOtorgamiento de patentes en Colombiainfo:eu-repo/semantics/embargoedAccessinfo:eu-repo/semantics/other