Meza Ferrer, Juan Pablo2021-05-212021-05-212015https://hdl.handle.net/20.500.12442/7741En el presente trabajo nos ocuparemos de analizar la responsabilidad administrativa y patrimonial, siendo la primera una responsabilidad esencialmente de las entidades públicas y sus agentes (como lo serían los funcionarios o empleados públicos); y la responsabilidad patrimonial del Estado en cuanto al componente económico o de reparación económica que lleva implícita. El concepto de responsabilidad en términos amplios refiere a la obligación de soportar las consecuencias de los propios actos y, dentro de ellos, de los actos dañosos o que hayan causado un perjuicio a otro. Las normas jurídicas, en cuanto organizadoras de las relaciones sociales humanas, establecen el principio general según el cual el que causa un daño a otro ha de repararlo o compensarlo (salvo excepciones contadas en las que ese daño tiene excusa justificativa), es decir: la responsabilidad en términos jurídicos obliga a responder por nuestros actos.pdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 InternacionalResponsabilidad médicaNegligenciaCulpaResponsabilidad administrativaVisión doctrinal y jurisprudencial del consejo de estado con respecto a la falla en la prestación del servicio médico asistencialinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccessinfo:eu-repo/semantics/other