Reales Vega, Rosario JoaquínCastro Figueroa, YolimaOspina García, Lisbeth2025-07-092025-07-091998https://hdl.handle.net/20.500.12442/16815La reparación directa es una acción para tutelar Derechos subjetivos que se han vulnerado. Esta es una figura traída del Derecho Español, de esta manera se encuentra en la Legislación Colombiana, en el Artículo 86 del Código Contencioso Administrativo. Resulta transcendental esta acción porque representa la posibilidad para los administrados, de obtener la reparación de los daños imputables a la potestad pública. Sin embargo, el Estado no siempre tiene la posibilidad absoluta de prestar un determinado servicio y esto hace que se presenta un desequilibrio, surgiendo, el deber del Estado de indemnizar al ciudadano ya que, es éste el que sufre los perjuicios agravados con la lentitud con que se ventilan estas acciones contenciosas administrativas.pdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 InternationalDerechoDerecho administrativoAcción de reparación directainfo:eu-repo/semantics/embargoedAccessinfo:eu-repo/semantics/other