Bolívar, JorgeSilva Manajarrés, Larry David2021-09-022021-09-022016https://hdl.handle.net/20.500.12442/8252La función pública del estado Colombiano se encuentra cimentada sobre la noción de empleo o cargo público (el vocablo empleo y cargo público se equiparan en la medida en que desde la misma constitución se les da el mismo trato, lo dispuesto en los incisos I y II del artículo 122), el cual se encuentra definido en Colombia por el Decreto 770 de 2005, artículo 2°, que refiere a ello como el conjunto de funciones, tareas y responsabilidades que se asignan a una persona y las competencias requeridas para llevarlas a cabo, con el propósito de satisfacer el cumplimiento de los planes de desarrollo y los fines del estado. La constitución en su artículo 122 a su vez que, no habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondientepdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 InternacionalEmpleoFunción públicaProcedimiento administrativoProcedimiento civilContratación de prestación servicios frente a la restructuración de plantas de empleos y supresión de cargosinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccessinfo:eu-repo/semantics/masterThesis