Tatis, MartinMolinares Hernández, Jairo Enrique2021-04-072021-04-071987https://hdl.handle.net/20.500.12442/7248El concepto de empresa en el derecho laboral tiene un contenido diferente y especial aunque participa de los elementos comunes y fundamentales de la Institución Comercial. Definición de Empresa según el Código Sustantivo del Trabajo, en el artículo 194 subrogado por el Decreto Ley de 1965, artículo 15: Se entiende como una sola empresa, toda unidad de explotación económica o las varias unidades dependientes económicamente de una misma persona natural o jurídica, que corresponden a actividades similares, conexas o complementarias y que tengan trabajadores a su servicio. En el caso de las personas jurídicas existirá unidad de empresa entre la principal y la filiales o subsidiarias en que aquellas predomine económicamente, cuando, además, todas cumplan actividades similares, conexas, y complementarias; pero los salarios y prestaciones extralegales que rijan en la principal al momento de declararse la unidad de empresa, solamente se aplicarán en las filiares o subsidiarias cuando así lo estipule la respectiva convención colectiva de trabajo, o cuando la filial o subsidiaria está colocada en una zona de condiciones económicas similares a la de la principal; a juicio del Ministerio del Trabajo o del Juez del Trabajo.pdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 InternacionalDerecho laboralExplotación económicaTrabajadoresDe la sustitución del patrono en el régimen laboral Colombianoinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccessinfo:eu-repo/semantics/other