Ayola Coronado, Ingrid María2022-06-072022-06-071999https://hdl.handle.net/20.500.12442/9921Este trabajo tiene como finalidad reflexionar sobre la inaplicabilidad por parte de los jueces en lo relacionado al cumplimiento del los términos estipulados por la ley para proferir la sentencias en razón a que es deber a cargo de los funcionarios judiciales. Toda vez que los deberes de dirección del juez tienen como pro pósito que se administre justicia en forma pronta y que se cumpla por lo menos con los términos que para proferir sus decisiones judiciales les señala el artículo 124 del C.P.C. Para la elaboración de este trabajo me apoyo en el análisis del artículo 124 del O.P.C. y en la experiencia personal vivida a través del desarrollo de una actuación procesal en particular surtida en el Juzgado 12 Civil Municipal de Barranquilla.pdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 InternacionalDerechoSentenciasDerecho procesalProcedimiento civilIncumplimiento de términos para proferir sentencias judicialesinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccessinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis