Cardozo Hernández, GladysGallo Morales, Ruby M.Rodríguez de Llinás, Mercedes2021-12-092021-12-091997https://hdl.handle.net/20.500.12442/9220Analiza la teoría subjetiva de la responsabilidad, estudia la diferencia entre la responsabilidad civil contractual y la responsabilidad civil extracontractual, teniendo en cuenta los elementos que integran la responsabilidad civil extracontractual, finaliza describiendo las fuentes de la responsabilidad civil extracontractual.La Responsabilidad Extracontractual. Artículo 2341 Código Civil.- El que ha cometido un delito o culpa, que ha inferido daño a otro, es obligado a la indemnización, sin perjuicio de la pena principal que la ley imponga por la culpa o el delito cometido. La "RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL" es la obligación que tienen las personas (naturales y/o jurídicas) de resarcir los daños y perjuicios causados como producto de la ejecución de un acto o de la ocurrencia de un hecho, sin que exista la relación o nexo contractual anterior entre quien debe asumir el pago de la indemnización (por haber provocado directamente el daño o por tener que responder por él) y la víctima o perjudicado del mismo.pdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 InternacionalObligaciones (Derecho)Derecho CivilResponsabilidad extracontractualResponsabilidad civil extracontractualinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccessinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis