Rodríguez Mercado, Jenny Astrid2022-08-032022-08-032001https://hdl.handle.net/20.500.12442/10468Dado que la potestad del Estado para castigar no puede ser ejercida de manera ilimitada, se le han señalado ciertos topes o controles que a manera de barreras infranqueables, supuestamente sirven de garantías para evitar el despliegue de la coacción estatal en el ámbito punitivo. Entre esos controles tenemos los derechos humanos. Con el advenimiento del Estado de derecho que implica el sometimiento tanto del gobernador como del gobernante, el derecho deja de ser - en teoría - un instrumento utilizado por el gobernante a su voluntad o para satisfacer caprichosos personales o de grupo. Con la legalidad de los delitos, de las penas y de los procesos; la prohibición de las penas crueles e inhumanas - principios rectores contenidos en la proclamación de los derechos del hombre y del cuidado - el derecho penal se ve circunscrito en su poder de intervención en la vida de las personas.pdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 InternacionalDerechoPolítica criminalPolítica criminal penitenciaria en Colombiainfo:eu-repo/semantics/restrictedAccessinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis