Acuña Lechuga, Alvaro Rafael2020-06-302020-06-301990https://hdl.handle.net/20.500.12442/6127En la vida jurídica de cada país, existe personas incapaces a los cuales es necesario atender. El legislador colombiano no ha podido permanecer ajeno a tamaña cuestión y por ello ha tenido siempre en merite velar por los intereses. de estas personas. Generalmente los incapaces encuentran protección en la familia, bien sea ésta, legítima, extramatrimonial o adoptiva. Pero en caso de no encontrar tal protección en la familia, deben ser colocados bajo las guardas es decir una tutela o curatela.pdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 InternacionalPropiedadDerecho administrativoProblemas sobre la administración de los bienes del incapazinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccessinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis