Rodríguez Hurtado, Juana Silvana2022-08-232022-08-232002https://hdl.handle.net/20.500.12442/10663Se puede decir que la fuente más importante de las obligaciones la constituye el Contrato, de aquí que el derecho contractual adquiera cada día mayor trascendencia en las relaciones cotidianas, y la máxima expresión de ello radica en la libertad de voluntad de los contratantes, lo cierto que en materia comercial el Código Civil, referente a los contratos ha introducido grandes innovaciones que son causas de innumerables criticas, alguna de ellas entre otras es la Cesión de Crédito y Cesión de derechos Litigiosos fenómenos que en la practica suelen mezclarse y que a la postre llama la atención poder diferenciarlas. Teniendo en cuenta el objetivo trazado al realizar este ensayo, respecto a diferenciar cuando se esta en presencia de una cesión de crédito, o en una cesión de Derechos litigiosos y la aplicabilidad del derecho de Retracto, resulta que es necesario establecer, que tipo de contrato celebraron las partes, verificar el derecho cedido, para poder llegar a una verdadera interpretación de las figuras y presentar los elementos que ocasionan que estas normas similares se confundan como ocurrió en la Sentencia en estudio, motivo de este ensayo.pdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 InternacionalCesión de bienesDerechoDerecho CivilContratosCesión de derechosCesión de créditos personales - Cesión de derechos litigiososinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccessinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis