Vélez Herrera, Angela MaríaMercado Páez, Lucia Margarita2024-08-212024-08-212001https://hdl.handle.net/20.500.12442/15285Los ingresos tributarios, es decir, los impuestos son el principal estandarte del estado, la retención en la fuente como mecanismo anticipador de dichos tribu tos requiere que tanto las personas naturales como jurídicas la conozcan de manera amplia o por lo menos superflua. Pero conociendo nosotros que la retención en la fuente surgió originalmente como mecanismo de recaudo del impuesto sobre la renta para inversionistas extranjeros sin domicilio en el país por concepto de dividendos. El decreto 1651 de 1961 autorizó al Gobierno Nacional a establecer retenciones en la fuente con el fin de facilitar, acelerar y asegurar el recaudo del impuesto sobre la renta y complementarios las cuales serán tenidos en cuenta como abono o anticipos. ¡Sin embargo, fue sólo hasta la aparición de la Ley 38 de 1969 cuando seflal6 un estatuto legal sobre las retenciones en la fuente originalmente para los casos de salarios y dividendos, se indicó los pagos sobre las cuales no se practicaba retención, el mecanismo de imputación de la retención en las declaraciones privadas y liquidaciones Oficiales y demás sanciones por no retener o no consignar lo retenido.pdfspaContaduría públicaImpuestosRetención en la fuenteRetención en la fuente como percepción de los tributosinfo:eu-repo/semantics/embargoedAccessinfo:eu-repo/semantics/other