Jaimes Mora, Sandra SusanaRamírez Villamizar, Gladys ShirleyGarcía García, Lida Fabiola2021-09-142021-09-142015https://hdl.handle.net/20.500.12442/8375Con la reforma constitucional de 1991 Colombia se erigió en un Estado Social de Derecho y democrático girando en torno a la dignidad de la persona. Este nuevo paradigma trajo consigo una nueva forma de concebir el derecho, porque, del sistema positivo que exigía a los jueces el sometimiento exclusivo al imperio de la ley (formalismo), se pasó al mixto, con la vigencia del artículo 243 superior que establece la cosa juzgada constitucional de las sentencias de la recién creada corte constitucional que profiere en ejercicio del control constitucional, prohibiendo a las autoridades la reproducción del contenido material del acto jurídico declarado inexequible por razones de fondo, mientras subsistan en la constitución las disposiciones que sirvieron para hacer la confrontación entre la norma ordinaria y la carta superior, estableciendo de esta manera el precedente vinculante constitucional base del antiformalismo.pdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 InternacionalAbogadosDerecho como profesiónPedagogíaÉtica profesionalTendencia antiformalista del derecho y el abordaje didáctico en la formación profesional del abogado en la Universidad Simón Bolívar sede Cúcutainfo:eu-repo/semantics/restrictedAccessinfo:eu-repo/semantics/masterThesis