Martelo Arroyo, MabelMejía Angarita, Claudia2024-08-162024-08-162000https://hdl.handle.net/20.500.12442/15234En la Legislación Tributaria Colombiana existen dos regímenes en el impuesto sobre la renta y complementarios: El Régimen General y El Régimen Especial. El Régimen Especial en el impuesto sobre la renta y complementario se creó con el fin de estimular a los distintos sectores sociales de los cuales el gobierno no puede abarcar totalmente. Por ello, en el artículo 32 de la Ley 75 (Reforma Tributaria de 1986) le dio cabida a este régimen, ideado para entidades calificadas, tradicionalmente, sin ánimo de lucro, las cuales cobran importancia en los umbrales del siglo XXI. Las entidades amparadas bajo el régimen especial desarrollan importantes funciones en el marco de un estado social de derecho. Entre las entidades calificadas bajo este régimen, podemos mencionar a las cooperativas, a las asociaciones y fundaciones; tales entidades tienen su reconocimiento en nuestra constitución política, ya que la constitución tiene normas establecidas sobre el derecho de asociación (Artículo 38 del C. N.) y la constitución de personas jurídicas (Artículo 2, 39, 49, 52,58, 78, 103 de la C. N.). Las entidades sin ánimo de lucro tienen su reconocimiento legal en la medida en que estén bajo las normas que las cobija; debido a que cumplen actividades de diversos tipos como son: educación, salud, deporte, investigación científica, entre otras.pdfspaContaduría públicaImpuestos sobre la rentaContaduríaContribuyentes del régimen especial en el impuesto sobre las rentasinfo:eu-repo/semantics/embargoedAccessinfo:eu-repo/semantics/other