Contreras G., AndreaMejía V., Maria Luisa2024-08-222024-08-221998https://hdl.handle.net/20.500.12442/15337La Contabilidad no sólo no puede pretender considerarse independiente del Derecho, sino que esta directamente relacionada al mismo. La Contabilidad no puede aspirar a ignorar el Derecho, si no que, por el contrario, esta obligada a conocer los principios, normas y preceptos fundamentales y jurídicos que afectan o se refieren las operaciones mercantiles que han de dar lugar a anotaciones en los libros. Si en un momento dado y en un determinado país se produjeran básicas alteraciones de los principios jurídicos que sirven de soporte a algunos de los actos o contratos mercantiles (sobre compras, ventas, sociedades, letras de cambio, créditos, débitos propiedad de las cosas, etc.), es evidente que la contabilidad se encontraría obligada, para lo sucesivo a adoptar aquellas modificaciones de criterio que la nueva ordenación impusiera sin que le fuera permitida la menor discusión o controversia sobre las mismas.pdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 United StatesContaduría públicaContaduríaNormas - ContabilidadPrincipios jurídicosEnsayo sobre principios generalmente aceptados en Colombia y normas contables vigentes en Colombiainfo:eu-repo/semantics/embargoedAccessinfo:eu-repo/semantics/other