Vidal Uparela, DorysCobo Ávila, Manuel2024-08-162024-08-162001https://hdl.handle.net/20.500.12442/15230A lo largo de los últimos años en el transcurso de nuestra carrera universitaria, hemos comenta do y nos hemos dado cuenta, con la ayuda de los catedráticos, que todos los hechos que realiza un ente económico en el ciclo de sus actividades están relacionados con áreas de distinta índole; áreas como la contable., la económica, la jurídica, tienen que ir de la mano con dichos hechos; de la jurídica se desprende lo tributario que es en sí de lo que quiere mostrar en esta pequeña obra. Los hechos tributarios de un ente, en este caso, del contribuyente, deben estar fundamentados en pruebas para que sean ciertas y veraces, ya que éstas a su vez nos darán la. firmeza de la compatibilidad entre lo real y lo demostrado. Muchos contribuyentes se ven perjudicados en actos de carácter tributario. Muchas veces por los vados que deja la norma misma, o también por el conflicto que se presenta entre estas, quizás por la mala interpretación, por parte del contribuyente o por la aplicación del régimen sancionatorio establecido, debido a que la administración la aplica en toda su plenitud; son pocos los contribuyentes que cuentan en su estructura organizacional con un Departamento Tributario bien organizado, y es quizás, debido a ello, que a muchos les va muy mal cuando se presentan este tipo de conflictos por la poca asesoría que tienen.pdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 United StatesRégimen sancionatorioContribuyenteRégimen probatorioRégimen probatorio tributarioinfo:eu-repo/semantics/embargoedAccessinfo:eu-repo/semantics/other