Risso, BenjamínRincones Palacín, Francisco2021-11-182021-11-181982https://hdl.handle.net/20.500.12442/9068Del contrato individual de trabajo, como de todas las figuras jurídicas que integran el contenido del derecho laboral, se han dado numerosas definiciones. Las que se trascriben a continuación, que solo son una muestra de lo que afirmamos, nos prueban que si bien se hallan concebidas en términos diferentes, en el fondo existe unanimidad respecto de sus elementos. Para nosotros, contrato individual de trabajo es el acuerdo que sobre condiciones de trabajo personal se celebra entre una persona natural, por una parte, y una persona natural o jurídica, por otra parte. El otro elemento que se destaca en las definiciones que nos hemos permitido trascribir, es el referente a la remuneraci6n debida por el patrono al trabajador. En nuestro medio esa remuneraci6n se denomina salario, y su pago constituye la principal obligación del patrono para con el trabajador.pdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 InternacionalContrato individual de trabajoDerecho laboralContrato individual de trabajoinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccessinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis