Viloria Taboada, Alfredo2022-08-122022-08-122001https://hdl.handle.net/20.500.12442/10565Del latín filiu - filii que quiere decir hijo, se ha entendido como el vínculo de parentesco de consanguinidad entre dos personas, en donde una es padre o madre de la otra. Si se establece solamente frente al primero se le llama paternidad y ante la segundo, maternidad. A través de este ensayo, quiero expresar mi opinión sobre el tema de la filiación, introduciendo el nuevo factor que es el de la inseminación artificial y hasta lo famosa clonación que tanto se discute en lo actualidad. Debemos entender que los hijos deben tener unos podres que lo orienten y eduquen v con la irresponsabilidad de muchos podres son las instancias judiciales. las que deben intermediar poro determinar responsabilidades. Hago una presentación de cuales pueden ser las alternativos que se presentan paro fijar a quien pertenecen los hijos legalmente.pdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 InternacionalDerecho CivilReconocimiento de hijosPaternidad (Psicología)Hijos extramatrimonialesInterpretación de la demanda paternidad extramatrimonial sentencia de la corte suprema de justicia Nº 004 de 11 de marzoinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccessinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis