Mesa Lozano, Eduardo EliasOliveros Coronado, Eibar Augusto2021-11-162021-11-161997https://hdl.handle.net/20.500.12442/9030Por regla general todos los ordenamientos jurídicos penales sancionan aquellas conductas que se adecuan plenamente a la descripción del tipo penal, es decir, aquellos comportamientos humanos que lesionan o ponen en peligro bienes jurídicos considerados de fundamental importancia para la convivencia pacifica y justa de una determinada colectividad. Sin embargo, en no pocas oportunidades, los individuos, por razones ajenas a su voluntad, no logran concretar efectivamente el fin que se había propuesto. Estos comportamientos humanos que no consiguen el resultado perseguido por el sujeto agente, no pueden encuadrarse perfectamente en los preceptos penales regulados en la parte especial, que describen, normalmente, el delito en su fase de consumación. Para que dichas conductas no quedaran impunes surgió la necesidad de crear lo que comúnmente conocemos con el nombre de " DISPOSITIVO AMPLIFICADOR DEL TIPO " y que otros denominan causas de extensión de la pena. Ese es, en pocas palabras, el origen o mejor la justificación de la figura de la tentativa, en la teoría general del delito. En síntesis el legislador a pretendido con la tentativa no solo proteger los bienes jurídicos del daño de que pueden ser objetos, sino también del peligro que de alguna manera pudiera afectarlo.pdfspaAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 InternacionalDerechoTentativaDerecho penalTentativa como dispositivo amplificador del tipoinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccessinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis